La Comisión Europea tiene hasta el 10 de agosto para pronunciarse sobre el Proyecto, de acuerdo con la Directiva Europea
Fuente: Ministerio de Industria, Enegía y Turismo Tema: Ejercicio Libre
Es la versión número 23 del Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) que realiza el Gobierno previa a su aprobación. Este mes, y siguiendo el procedimiento que establece la Directiva 98/34/CE, el Gobierno ha notificado a la Comisión Europea una nueva versión del Reglamento.
Según dicha directiva, los Estados miembros han de notificar los proyectos de reglamentaciones técnicas, con aplicación de un periodo de statu quo cuando el proyecto de reglamentación técnica sufre modificaciones considerables, como es el caso que nos ocupa.
El periodo de statu quo es el intervalo de tiempo del que dispone la Comisión para pronunciarse sobre el proyecto que se presenta. Si la Comisión da su visto bueno, el proyecto puede ser adoptado una vez que haya finalizado dicho periodo. En este caso, el plazo de statu quo finaliza el 10-08-2015.
En cualquier caso, el reglamento entrará en vigor 6 meses después de su publicación en el BOE, por lo que en ningún caso su entrada en vigor será antes de 2016.
Según dicha directiva, los Estados miembros han de notificar los proyectos de reglamentaciones técnicas, con aplicación de un periodo de statu quo cuando el proyecto de reglamentación técnica sufre modificaciones considerables, como es el caso que nos ocupa.
El periodo de statu quo es el intervalo de tiempo del que dispone la Comisión para pronunciarse sobre el proyecto que se presenta. Si la Comisión da su visto bueno, el proyecto puede ser adoptado una vez que haya finalizado dicho periodo. En este caso, el plazo de statu quo finaliza el 10-08-2015.
En cualquier caso, el reglamento entrará en vigor 6 meses después de su publicación en el BOE, por lo que en ningún caso su entrada en vigor será antes de 2016.
http://www.coitibi.net/Sec_NT/wf_noticia.aspx?idMenu=93&idReg=1307
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