miércoles, 29 de enero de 2014

EL EMPLAZAMIENTO DE LOS EXTINTORES

En Sistemas contra Incendios JANTRODFIRE, hoy hablamos del emplazamiento de los extintores, un extracto del RD 1942/1993, de 5 de noviembre.


¿Que normativa indica dónde y a qué altura a la que hay que colocar un extintor?

El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible próximos a las salidas de evacuación y preferentemente sobre soportes fijados a parámetros verticales, de modo que la parte superior del extintor quede, como máximo, a 1,70 metros sobre el suelo.

(Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.)

JANTRODFIRE
Sistemas contra Incendios
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